Para garantizar el bienestar de sus servidores públicos sin afectar la atención ciudadana, la Gobernación de Arauca implementa jornadas laborales de compensación en noviembre y turnos de descanso en diciembre de 2025.
Arauca, 29 de octubre de 2025. La Gobernación del Departamento de Arauca, a través de la Secretaría General y de Desarrollo Institucional, ha dispuesto la realización de jornadas laborales de compensación durante el mes de noviembre de 2025 y la programación de turnos de descanso en diciembre, con el fin de que secretarios de despacho, servidores públicos de planta, personal de libre nombramiento y demás colaboradores puedan disfrutar de espacios de descanso y unión familiar en la temporada navideña, sin afectar la prestación continua de servicios institucionales. Así lo establece la Circular Interna N.° 084 de 2025.
Jornadas laborales de compensación – noviembre 2025
En tal sentido, los servidores públicos cumplirán jornada completa los sábados 8, 22 y 29 de noviembre, en horario de 8:00 a.m. a 12:00 m y de 2:00 p.m. a 6:00 p.m., para compensar los días de descanso que tomarán en diciembre. Cada dependencia debe controlar la asistencia para validar el acceso a los días compensatorios.
Días compensatorios y turnos de descanso – diciembre 2025
En esta oportunidad, se dispuso únicamente de dos turnos así:
• Primer turno: Descanso los días lunes 22, martes 23 y miércoles 24 de diciembre; retorno a labores el viernes 26 de diciembre.
• Segundo turno: Descanso los días lunes 29, martes 30 y miércoles 31 de diciembre; retorno a labores el viernes 2 de enero de 2026.
Nota: El viernes 26 de diciembre será laborado por todos los funcionarios.
Por otra parte, es importante precisar que secretarios de Despacho, Directores y Líderes de Procesos deben organizar y comunicar la distribución de turnos, supervisar la asistencia a las jornadas sabatinas, asegurar la continuidad del funcionamiento institucional y la atención al público en todo momento.
Quienes no deseen acogerse al esquema de compensación laborarán normalmente en diciembre, incluidos los días de descanso programados; sin embargo, cabe resaltar que los días compensatorios no son acumulables ni podrán trasladarse o sumarse a otros permisos o vacaciones, debiendo disfrutarse en las fechas establecidas para garantizar el bienestar sin afectar el servicio público.
La Secretaría General y de Desarrollo Institucional agradece el compromiso de todos sus servidores públicos para mantener el cumplimiento institucional y la continuidad del servicio durante la temporada navideña.
