Arauca,05 de agosto del 2025.
EL SUSCRITO SECRETARIO DE EDUCACIÓN DEPARTAMENTAL
En cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 5.1 de la Resolución 18858 de 2018, emitida por el Ministerio de Educación Nacional (MEN)”POR LA CUAL SE EXPIDEN LOS LINEAMIENTOS TÉCNICOS – ADMINISTRATIVOS,LOS ESTANDARES Y LAS CONDICIONES MINIMAS DEL PROGRAMA DE ALIMENTACIÓN ESCOLAR -PAE-PARA PUEBLOS INDÍGENAS” y en aras de avanzar con las etapas previas a la celebración de los futuros contratos que garanticen la prestación del servicio de alimentación escolar en la terminación del calendario académico 2025 y la vigencia2026.
CONVOCA PÚBLICAMENTE
A LAS AUTORIDADES INDIGENAS,CABILDOS,RESGUARDOS, ASOCIACIONES DE AUTORIDADES TRADICIONALES Y ORGANIZACIONES INDÍGENAS DEL DEPARTAMENTO DE ARAUCA, CON EL FIN DE QUE PRESENTEN MANIFESTACIÓN DE INTERÉS PARA LA EJECUCIÓN DEL PROGRMA DE ALIMENTACIÓN ESCOLAR PARA PUEBLOS INDÍGENAS DEL DEPARTAMENTO DE ARAUCA PARA LA TERMINACIÓN DEL CALENDARIO ACADÉMICO DEL 2025 Y EL INICIO DE LA VIGENCIA 2026., EN LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS QUE ATIENDEN POBLACIÓN MAYORITARIEMENTE INDÍGENA Y AQUELLOS QUE SE ENCUENTREN EN TERRITORIOS INDÍGENAS LOS CUALES SE RELACIONAN A CONTINUACIÓN:
ESTABLECIMIENTO EDUCATIVO | MUNICIPIO |
Centro Educativo Indígena Sikuani-Playeros | Arauca y Cravo Norte |
Centro Educativo Indígena Hitnu las Vegas, IE-La Inmaculada – Sede los Mangos | Arauca, Arauquita y Puerto Rondón |
Centro Educativo el Vigía | Arauquita |
Centro Educativo Indígena Tutukana Sinaiaka | Tame, Fortul y Saravena |
Institución Educativa Indígena Guahibo Betoy | Tame |
Institución Educativa Indígena Makaguan | Tame y Fortul |
Los términos de la convocatoria a realizar, corresponde a los que seguidamente se relacionan:
FICHA CONTRACTUAL
1 | Entidad contratante | Departamento de Arauca |
2 | Objeto a Contratar | Implementación del programa de alimentación escolar-PAE-en las sedes educativas oficiales priorizadas por el departamento de Arauca-Población Mayoritariamente Indígena |
3 |
Modalidad de Selección
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Contratación Directa (Ley 2160 del 25 de noviembre del 2021, por medio del cual se modificas la ley 80 de 1993 y la ley 1150 de 2007; y la Resolución 18858 de 2018) |
4 | Fecha límite para presentación de la manifestación de interés | Hasta las 17.30 horas del día 14 de agosto del 2025 se deberá radicar el documento físico en la oficina de archivo central de la Gobernacion de Arauca, en la calle 20 con carrera 21 del municipio de Arauca. |
CRONOGRAMA DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACION DEL PROGRAMA DE ALIMENTACIÓN ESCOLAR PARA PUEBLOS INDÍGENAS.
No. | ACTIVIDADES | RESPONSABLE | FECHA |
1 | Presentación y/o manifestación de interés por parte de las autoridades indígenas tradicionales de su jurisdicción para que sean operadores del PAE. | Autoridades indígenas interesados en la operación. | 14/08/2025 |
2 | Presentación de la propuesta de costos, la cual no podrá superar el valor del estudio de costos de la entidad territorial (numeral 5) resolución 18858/2018 y presentación de manifestación de interés. | Autoridades indígenas, cabildos, resguardos y asociaciones de autoridades tradicionales-La Entidad Territoriales | 28/08/2025 |
3 | Revisión propuesta del contratista y manifestación de interés. | Unidad Ejecutora. | 02/09/2025 |
4 | Publicación de evaluación | La Entidad Territorial. | 03/09/2025 |
5 | Plazo máximo para aclaración, complementación, o aporte de documentos faltantes, por parte del interesado. | Autoridades indígenas, cabildos, resguardos y asociaciones de autoridades tradicionales | 05/09/2025 |
6 |
Publicación y comunicación de informe de cumplimiento de requisitos definitivo.
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Entidad Territorial-Secretaria de Educacion | 12/09/2025 |
7 | Elaboración de los documentos precontractuales, establecidos en el manual de contratación y radicación del mismo | 12 al 13/09-2025 | |
8 |
Celebración del proceso contractual.
En caso de que los pueblos indígenas no estén interesados o no cuentan con la experiencia y capacidad administrativa para ejecutar el PAE, la entidad territorial podrá contratar un operador externo a las autoridades indígenas que deberá dar cumplimiento a lo establecido en los lineamientos. |
Entidad Territorial-Gerencia de Contratación
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19/09/2025 |
9 | Celebración proceso contractual | Operador contratado | 19/09/2025 |
NOTA: Para la celebración y suscripción de los eventuales contratos se dispondrá de la plataforma transaccional del SECOP II dispuesta por parte de COLOMBIA COMPRA EFICIENTE, a fines de garantizar los principios de la contratación estatal.
CRITERIOS HABILITANTES.
Los criterios habilitantes para participar en la convocatoria y posterior ejecución del Programa de Alimentacion Escolar PAE, por parte de las autoridades indígenas, cabildos, resguardos, asociaciones de autoridades tradicionales y organizaciones indígenas que se encuentran establecidos en el numeral 5.3 Articulo 2. De la Resolución 18858-2018 y se menciona a continuación.
Cada uno de los interesados de manera individual deberá acreditar:
CAPACIDAD JURIDICA
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CRITERIO HABILITANTE |
CAPACIDAD ADMINISTRATIVA
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CRITERIO HABILITANTE |
EXPERIENCIA MINIMA | CRITERIO HABILITANTE |
Sin perjuicio de los requisitos habilitantes establecidos en la resolución 18858 de 2018 y requerimientos en el presente documento, cada operador indígena deberá dar cumplimientos a todas y cada uno de las condiciones y obligaciones estipuladas en los estudios previos y demás documentos para la perspectiva ejecución del PAE en las instituciones educativas financieras del presente proceso.
- CAPACIDAD JURIDICA
Para efectos de los lineamientos establecidos en la presente norma se entiende que las autoridades indígenas, cabildos, resguardos y asociaciones de autoridades tradicionales en su calidad de entidades públicas de carácter especial y las organizaciones indígenas en su condición de entidades sin ánimo de lucro, actúan como apoyo de las entidades territoriales, para que estas puedan prestar el servicio de alimentación escolar de manera pertinente en el marco del respeto a la diversidad étnica cultural.Cada uno de los interesados deberá aportar los siguientes documentos:
-Certificado de existencia y representación legal vigente.
-Certificado de ser autoridad indígena o asociación de autoridades indígenas que expide la dirección de asuntos indígenas, minorías y ROM del ministerio del Interior y de Justicia (Artículo 2.3.4.2.4 del Decreto 1075 de 2015).
-Acta de asamblea general y/o conforme a la ley de origen, derecho propio o derecho mayor de la comunidad indígena donde conste haber sido autorizado para le ejecución del PAE, dicho documento deberá presentarse para cada una de las instituciones educativas beneficiarias del presente proceso.
-Carta de intención o manifestación de interés de operar el PAE en las sedes de las Instituciones Educativas objeto de las presentes convocatoria (firmada en original).
-Cedula de Ciudadanía del representante legal de la persona jurídica.
-Declaración de no estar incurso en inhabilidades e incompatibilidades, firmada por el representante legal.
-Certifiacion expedida por el revisor fiscal, cuando este exista de acuerdo con los requerimientos de la Ley, o por el representante legal y contador, la cual deberá estar acompañada por copia de la cedula de ciudadanía de este último, tarjeta profesional y certificado de antecedentes expedida por la junta de contadores con vigencia no mayor a tres(3) meses a la fecha del cierre del proceso, en donde conste que a la fecha, ha realizado el pago de aportes correspondientes a la nómina de los últimos seis(6)meses, contados a partir de la citada fecha, en los cuales se ha causado la obligación de efectuar dichos pagos.
-El interesado no deberá presentar antecedentes disciplinarios de conformidad con lo consagrado en el Artículo 238 de la Ley 1952 de 2019; situación que será verificada por el departamento de Arauca, igual requisito deberá cumplir: 1) El representante Legal de las personas jurídicas.
-El interesado no deberá encontrarse inscrito en el boletín de responsables fiscales (Articulo 60, Ley 610 de 2000); situación que será verificada por el Departamento de Arauca, igual requisito deberá cumplir: 1) El representante Legal de las personas jurídicas.
-La Administración Departamental verificara que no registren antecedentes judiciales y que no encuentren medidas correctivas impuestas vigente, el interesado y su representante legal.
-Cada uno d ellos interesados deberá presentar registro único tributario.
-El representante legal de las personas jurídicas deberá tener su situación militar definida. - CAPACIDAD ADMINISTRATIVA.
a) DEMOSTRAR QUE SE CUENTA CON SEDE ADMINISTRATIVA: el oferente deberá acreditar con una sede administrativa (oficina) la cual deberá estar ubicada en zona urbana de cualquiera de los municipios del departamento de Arauca.
La misma se acreditará, presentando copia legible del Certificado de libertad y tradición donde se encuentre ubicada en la oficina, con fecha de expedición no mayor a 30 días, el inmueble deberá ser propiedad del interesado.
En los casos en que las mismas sean arrendadas, deberán presentarse certificados de libertad y tradición donde se encuentra ubicada la oficina, con fecha de expedición no mayor a 30 días, y los contratos de arrendamientos suscritos entre el propietario y el interesado.
b) PERSONAL DE APOYO A LA ADMINISTRACION: cada uno de los interesados deben contar con una estructura organizacional compuesta mínimo con el siguiente personal:
- Apoyo jurídico (Abogado Titulado)
- Contador Publico
- Asistente Administrativo (Tecnico o Tecnólogo en áreas Administrativas o contables)
- Ingeniero de Alimentos
- Nutricionista
La misma se acreditará mediante la presentación del soporte del vinculo laboral establecido, hoja de vida, tarjeta profesional, certificada del COPNIA O CPNAA según corresponda, copia legible del título de los profesionales relacionados.
c) DEMOSTRAR MANEJO CONTABLE: Los interesados deben presentar los estados financieros de los dos últimos años.
d) INVENTARIO DE EQUIPOS: Los interesados deben presentar un inventario de equipos, acorde al servicio que se pretende contratar, con su respectivo registro fotográfico.
3. EXPERIENCIA MINIMA:
Cada uno de los interesados deberá demostrar una experiencia mínima de un año en operaciones de programas de suministro de alimentos o complementarios a grupos poblacionales, que incluyan preparación en sitio.
La misma se acreditara aportando alguno de los documentos que se describen a continuación: copia del contrato y/ o copia del acta de recibo final y / o copia del acta de liquidación del contrato y/o certificación expedida por la entidad contratante y/o documentos homólogos, siempre y cuando con la sumatoria de los referidos documentos sea posible verificar de manera clara: contratista, el objeto del contrato, entidad contratante, valor, fecha de terminación del contrato, fecha del acta de liquidación , y para el caso de figuras de colaboración (consorcio, unión temporal, o promesa de sociedad futura), los respectivos porcentajes de participación de los mismos.
De igual manera, se les informa a los interesados, que la información allegada deberá guardar estrecha relación con la población atender, conforme a las autorizaciones entregadas por cada una de las comunidades y numero de población beneficiaria, razón por lo cual por el departamento de Arauca, Dicho lo anterior, se deberá contemplar todos los aspectos descritos por el Ministerio de Educacion Nacional mediante la resolución No 18858 de 2018, cuyo objeto atiende a ”POR LA CUAL SE EXPIDEN LOS LINEAMIENTOS TECNICOS, ADMINISTRATIVOS, LOS ESTANDARES Y LAS CONDICIONES MINIMAS DEL PROGRAMA DE ALIMENTACION ESCOLAR – PAE- PARA PUEBLOS INDIGENAS”.
Se deja expresa claridad que los términos descritos son de carácter perentorio e inaplazables, por lo cual los interesados, deberán allegar de manera oportuna la documentación y requisitos exigidos por parte del ente territorial